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CAMBIO DE LUMINARIAS DE LITIO A LED EN EL BARRIO

UNION VECINAL AYRES DE FADER UNION VECINAL AYRES DE FADER  •  Organización  •  26/06/2018  •    Sin comentarios
CAMBIO DE LUMINARIAS DE LITIO A LED BARRIO AYRES DE FADER
CAMBIO DE LUMINARIAS DE LITIO A LED BARRIO AYRES DE FADER


Código de la propuesta: LdC100-2018-06-99

La idea es poder realizar el cambio de las actuales luminarias por las de led, brindando mejor seguridad a los vecinos y optimizar energéticamente.

1.    OBJETO DEL PROYECTO: Cambio de luminaria público de litio a led. El proyecto implica el cambio paulatino de la luminaria de litio existente en el barrio para poder reemplazarlas con luminarias led. Ante el costo que implica el cambio total, se pretende implementar un cambio parcial en un 50% de la luminaria. El proyecto distribuye de manera equitativa la nuevas luces led, reemplazando la antigua lo que permite que los beneficios puedan ser gozados por todos los vecinos. De modo tal que el subsidio será aplicado únicamente a la compra de plafones led de las siguientes características: •    Postes Brazo Pescante Estándar, altura estimada 8mts.  •    Distancia entre postes 20mts. Aprox.  •     Tendido eléctrico aéreo en Manzanas “A” y “B” y subterráneo en rotonda de Manzana “C”.  La luminaria antes referida se encuentra en un todo de acuerdo con lo dispuesto por la normativa vigente en el municipio, conforme los requerimientos informados por la Dirección de Electromecánica del la Municipalidad, cumpliendo con las siguientes características: •    Rendimiento lumínico mínimo 120 Lm/W. •    Temperatura de color entre 4500 y 5500 K. •    Diámetro de acople en columnas anclaje 42 y 60 mm. •    Factor de potencia no debe ser menor a 0,90. •    Luminaria brazo pescante de 15000 o 18000 lúmenes para reemplazo de luminaria de sodio 150w. •    Garantía 3 años.  Si bien con el monto del subsidio no se logra cubrir el costo total del proyecto, la Unión Vencinal asumirá el gasto de la diferencia para lograr completar el proyecto, el que implica el recambio del 50% de la luminaria pública existente en el barrio, como así también la mano de obra para llevar a cabo el proyecto.  2.    PRESUPUESTO: Según presupuesto de Distribuidora Roca S.A., el cual se detalla a continuación: •    Luminaria coradir ML Al 50w 150  lm/w temp color 4500 ºK flujo luminoso  6750 w reemplazo al sodio 150w U$S 190.35 c/u vida util 100.000 Hs gtia  3 años consumo 45w •    El costo total de las luminarias a reemplazar sería de U$S 3997.35. Valor dólar Banco Nación tipo vendedor al momento de la efectivo pago de la operación.  •    Plazo entrega inmediato a 10 días.  Si bien con el monto del subsidio no se logra cubrir el costo total del proyecto, la Unión Vencinal asumirá el gasto de la diferencia para lograr completar el proyecto, el que implica el recambio del 50% de la luminaria pública existente en el barrio, como así también la mano de obra para llevar a cabo el proyecto cuyo costo asciende a $10.500. 3.    BENEFICIOS PARA LA COMUNIDAD: A.    Son menos contaminantes: no tienen mercurio ni tungsteno. Además, reducen las emisiones de CO2 en un 80%. B.    Duran mucho más: hasta 45.000 horas de uso (más de 15 años, si son encendidas unas 8 horas al día), con un mantenimiento mínimo. C.    No generan calor: el 80% de la energía que consume se convierte en luz, al contrario de la bombilla incandescente, que pierde ese mismo porcentaje en forma de calor. D.    Ahorro energético: consumen hasta un 85% menos que las bombillas tradicionales. E.    Resiste temperaturas más extremas que las bombillas incandescentes, además de resistir a mayor humedad y vibraciones. F.    Presentan encendido instantáneo. G.    Resistentes a un enorme número de ciclos sin perjuicio para su rendimiento (las veces que se enciende y se apaga). H.    Reproducen los colores con una gran fidelidad, con un índice cromático de 80 sobre 100. Tiene, además, diferentes tonos de luz (fría, cálida) para ajustarse a todo tipo de ambientes. I.    Ello beneficia al municipio en cuanto a la aceptación de la donación de las calles, conforme la Resolución Nº 550-2015 y Ordenanza Nº 12.331-2015 del Expediente Municipal Nº 8612-O-2000.   

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